Publicidad en weblogs

Las Preguntas sobre la publicidad en los weblogs que formula Antonio y recogen Diego en Publicidad en los weblogs y fernand0 en Visita del Alcalde, publicidad en las bitácoras y RSS, vuelven a poner sobre el tapete un asunto espinoso para los bloggers, sobre el que no hay ni habrá unanimidad, y sobre el que cada uno deberá, en su momento, decidir (salvo que no tenga más remedio que aceptarla como en Blogger y, al parecer, próximamente en Blogia).

Acaba de darse a conocer una encuesta de Blog Search Engine orientada precisamente a tomar el pulso de los bloggers sobre este asunto: Bloggin Survey Results. Fue respondida por 610 bloggers que en su inmensa mayoría no han sido contactados por agencias (90,7%), ni tienen publicidad en sus weblogs (86,6%).

No creo que haya ninguna incompatibilidad entre el CMS (Content Management System) llamado weblog y la publicidad comercial. Las incompatibilidades se producen, no en relación al medio sino en relación al blogger.

Me parece igualmente legítima tanto la actitud de aceptar publicidad como la de rechazarla, no juzgo la calidad de un blog por la publicidad, más bien por sus contenidos.

Me parece magnífico que haya weblogs cuyo volumen de tráfico y calidad de contenidos atraigan a los anunciantes, e igualmente magnífico que sus autores opten por convertirse en bloggers profesionales.

Ver en Mediafriefing: Los blogs, con su segmentación y abundancia de contenidos, alimentan un nuevo modelo de publicidad online.

Ver también la LSSI.

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12 comentarios

#1 Timshel el 4 Dec 2003 a las 19:4

Has hecho bien enlazar la LSSI. Porque en España introducir publicidad en los weblogs personales sean o no sean temáticos es ilegal con la actual ley, si éstos no están inscritos en el registro mercantil. Otra cosa es que nadie denuncie a estos blogs o webs personales con publicidad y que los jueces no apliquen la ley. Pero imaginemos que algún resentido lector denuncia a un blogger con relativamente éxito publicitario, ¿qué pasaría?. Da igual de que país provenga el cheque o si el blogger dona las ganancia a una ONG cualquiera.
Supongo que no pasaría nada ya que los jueces no pierden tiempo en estas cuestiones y archivan las denuncias como ya ha pasado con las webs “tipo donkeymania” y otras.
Nuevamente se demuestra la perspectiva de los responsables del Ministerio.
Alguien con tendencias paranoides afirmaría que sí han sido conscientes y que precisamente por lo que fueron además de legislar el comercio electrónico aprovecharon para acotar posibles vías de financiación de medios alternativos sin posibilidades de controlar.

#2 Yomimmo Mimmamente el 4 Dec 2003 a las 19:4

Hombre, ese blogger con relativo éxito publicitario, ¿no podría simplemente inscribirse y ya está?

Cualquiera que obtenga ingresos de la docencia debe seguir la legislación mercantil y fiscal. Si es un chaval dando clases particulares el fin de semana, obviamente nadie se lo va a pedir, aunque teóricamente habría, cuando menos, de declarar los ingresos a Hacienda. Pero nadie en su sano juicio se lo va a reclamar. Pero si el chaval va dando más y más clases y acaba abriendo una academia, ¿acaso hay que perdonarle las obligaciones mercantiles y fiscales sólo por empezó dando clases particulares?

Se trata de saber, con buen juicio, a partir de qué momento el blogger ha de dar el paso a ‘oficializarse’, como todo hijo de vecino en cualquier actividad que genere ingresos.

#3 DrAvenarius el 4 Dec 2003 a las 22:4

Timshel sigues equivocado como en los comentarios de minid, para cumplir la LSSI no hay que estar inscrito en ningún registro. Si conoces algún artículo de la misma, por favor publicalo aquí. De su FAQ, por ejemplo:

“Al igual que para prestar servicios a través de Internet no se requiere ninguna clase de autorización administrativa, no existe ningún Registro en el que deban inscribirse los prestadores de servicios por el hecho de utilizar medios electrónicos para realizar su actividad.”

En otro orden de cosas, yo contesté la encuesta que mencionas y la verdad es que mis respuestas habrían cambiado, puesto que si que con el tiempo he decidido porner publicidad, de AdSense por cierto.

#4 jlori el 5 Dec 2003 a las 08:5

De las FAQs de la LSSI:

Dispongo de una página web personal, pero para financiar gastos tengo alojados “banners” u otros medios de publicidad. ¿En qué me afecta la nueva Ley?

La Ley es de aplicación a las páginas web que ofrezcan mensajes publicitarios por los que el titular de la página perciba algún ingreso. Sin embargo, los únicos requisitos que establece la Ley en cuanto al contenido de las páginas de Internet consisten en incluir una información básica en la página web del prestador. Para una página web personal, la información que debe facilitarse es la siguiente:

Su nombre, NIF, domicilio (indicando, al menos, la localidad y provincia de residencia) y dirección de correo electrónico.

Los códigos de conducta a los que, en su caso, esté adherido y la manera de consultarlos electrónicamente.

La publicidad que se muestre en la página web deberá ajustarse a lo establecido en la Ley, la cual obliga a identificar al anunciante y a presentarla de manera claramente distinguible de los contenidos no publicitarios de la página. Así mismo, deberán respetarse las restantes normas sobre publicidad, recogidas en otras leyes.

#5 Timshel el 5 Dec 2003 a las 09:5

Puede que esté equivocado DrAvenarius aunque no lo creo. Como muestra, un fragmento del famoso cuento que Javier A. Mestre realizó en su día y que se publicó en Ideasapiens:

UN CUENTO. ¿C??MO NOS AFECTA LA LSSICE?

“Un día le vendrá un hombre con gabardina y le preguntará:

- Oiga, usted tiene página Web ¿no?

- Pues, si, me la hizo el año pasado mi hijo y a la gente del pueblo le gusta.

- Bien, me enseña el certificado de inscripción del nombre de dominio o dirección de Internet que usa en el registro donde se encuentra inscrito para fines de publicidad o para adquirir su personalidad jurídica.

- Eiiiin, espere que viene mi hijo y le explica que yo de estas cosas no entiendo.

- Nosotros -dice el hijo- no tenemos nombre de dominio, estamos alojados en el dominio que registro el “Juanca” y nuestra dirección es “tienda.tañabueyes.com” y, que yo sepa, no lo tenemos notificado a ningún sitio.

- Falta de notificación del dominio o dirección de Internet para la realización de una actividad económica, infracción leve art. 38.4.a) LSSICE. Pero, ¿estará inscrito en algún registro, aunque sea a fines publicitarios?”

Javier A. Mestre.
http://www.lssice.com

#6 Timshel el 5 Dec 2003 a las 09:5

Está claro que para realizar actividades económicas diferentes a la publicidad personal debes estar en el Registro Mercantil. La cuestión es si tu actividad económica solo es a través de la publicidad en qué Registro te has de inscribir como dice el tipo de este cuento.
¿O el término “registro” no se refiere a un registro de archivo oficial o institucional propiamente dicho y tan solo es insertar (registrar) los datos personales en tu web personal?.

#7 mini-d el 5 Dec 2003 a las 17:5

Yo realmente he notado dos cosas…

Por una parte, la confusión de los usuarios, que creen que “uno se vende” o se “pasa al lado del diablo”, cuando en realidad, no es delito fomentar la publicidad, ni está mal.

Por otra parte he notado que muchos mencionan el tema de la calidad de la información, bah, me refiero al punto de opinión, que se supone que cuando uno empieza con una publicidad todo cambia, yo creo que nada afecta a lo que uno piensa, más si vienes lleno de conceptos, por poner un banner de 160×160 píxeles, no vas a ser el mismo de antes, te vas a limitar a hablar de la gente que te relaciona, de si alguien es conocido de aquel…

si lo que siempre hicimos fue “en teoría” criticas constructivas…

#8 Timshel el 5 Dec 2003 a las 21:5

Pues ya es oficial. Hace un poco más de media hora Roberto ha incluido el adsense de Google en los blogs de Blogia.

Cifra facilitada por Roberto: 1711 blogs. A pesar del abandono de muchos es alucinante. Hace tres meses eran unos 300 blogs más o menos.

#9 Desde La Calle el 7 Jan 2004 a las 08:7

Publicidad en los weblogs.

Casi desde el mismo instante en que comencé a escribir en “Desde la Calle”, me hice la pregunta que últimamente

#10 Denken ??ber el 8 Jan 2004 a las 15:8

La (ya famosa) publicidad en los weblog

Ideas mezcladas en un debate que debe haber existido desde el nacimiento de cada nuevo medio. Sin embargo creo que no estan clara las posiciones y hay confusión en algunos puntos.

#11 Desde La Calle el 3 Feb 2004 a las 22:3

Publicidad

A cuenta de la publicidad en los blogs, hablando con Awacate hace poco, me salió una frase que quizá resuma

#12 Sobre publicidad y weblogs » eCuaderno el 2 May 2008 a las 10:2

[...] también: Publicidad en weblogs.  Imprimir este post    View blog reactions Votar en tags: AdSense, [...]

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